El error más común: Usar el precio que pagó el fallecido como valor de adquisición. Es incorrecto. El valor de adquisición es el que declaraste en el Impuesto de Sucesiones (ISD), y la fecha de adquisición es la del fallecimiento.
IRPF al vender un piso o casa heredados — El cálculo es diferente
Si vendes un inmueble que heredaste, el IRPF se calcula diferente: el valor de adquisición es el que declaraste en el ISD, no lo que pagó el fallecido. Calcula tu ganancia real.
Escala del ahorro 2025 · LIRPF arts. 33-38 · Cálculo orientativo · Revisa siempre con un asesor fiscal antes de presentar
Es el valor que pusiste en la declaración del ISD al heredar, no el precio de compra original del fallecido
Notaría de la escritura de herencia, registro de cambio de titularidad, gestoría — solo los relativos a este inmueble
El precio escriturado en la compraventa
Comisión inmobiliaria, notaría vendedor, plusvalía municipal pagada
Si tienes 65 años o más y era tu vivienda habitual, estás exento de IRPF